ActualidadCrisis Sanitaria COVID-19

En uso de las atribuciones que me confiere al artículo 21.1 m de la Ley 7/85 reguladora de las bases de régimen Local, Considerando que mediante Real Decreto 463/2020 el Gobierno declara el
estado de alarma y mediante normas posteriores se aprueban una serie de medidas que condicionan la situación de normalidad de las personas; considerando que el calendario de recaudación en periodo voluntario para el ejercicio 2020 fue aprobado por el Ayuntamiento Pleno con fecha 12 de febrero de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 5 de marzo de 2020; considerando que algunos periodos del calendario inciden dentro del estado de alarma, se modifican los siguientes periodos de pago del calendario de recaudación 2020:

  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica Desde el 1 de marzo al 30 de junio
  • Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 1º Desde el 1 de junio al 31 de julio

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